Es la subvención que tiene por objeto financiar iniciativas destinadas a organizar actividades de carácter socio- educativo o cívico llevadas a cabo por los centros escolares dentro del municipio.
Tendrán la consideración de personas y/o entidades beneficiarias, los centros educativos que desarrollen actividades de carácter socio- educativo o cívico, así como las asociaciones de madres y padres del alumnado y las asociaciones que tengan relación o realicen actividades en materia de educación.
La requerida con carácter general en la Ordenanza y, en particular, en los siguientes anexos:
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Sin coste.
Plazo estimado: 1 mes.
Plazo máximo: 3 meses.
Efectos de la no respuesta en plazo: negativo.
Ordenanza General reguladora de subvenciones y de aquellas Normas específicas para las subvenciones en matera de Bienestar Social, Deporte, Cultura, Educación, Euskera, Igualdad y Dinamización del Comercio del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remitir a Educación.
POR EL ÁREA DE EDUCACIÓN
4. Examinar las solicitudes y elaborar la propuesta de Resolución.
5. Resolución mediante Decreto de Alcaldía.
6. Notificar a las personas interesadas y a Servicios Económicos.
7. Justificar la subvención concedida antes del 31 de enero del año siguiente.