Es la licencia que se otorga por el aprovechamiento especial del dominio público y concesión administrativa que se otorga por el uso privativo del mismo.
La o las personas titulares de la instalación o su representante legal.
PUESTOS NO DE ALIMENTOS:
Solicitud: Documentación a presentar no alimentos. pdf
Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.
Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social.
Póliza de Responsabilidad Civil.
Memoria detallando las características del puesto que pretende instalar (materiales,
equipamiento, dimensiones… Incluidas fotografías.
Productos que pretende poner a la venta.
Entregar firmado: Solicitud otros puestos no de alimentación y documentación a presentar 2015
SI SE PRETENDE LA VENTA DE ALIMENTOS:
Entregar a la persona solicitante: Impreso documentación a presentar
Deberá presentar debidamente cumplimentados la solicitud especial y firmados los anexos I y II:
Documento otros puestos de alimentación ambulante Anexo I
Solicitud y declaración responsable 2015 Anexo II
FIESTAS PATRONALES O ACTOS CULTURALES O DEPORTIVOS: INSTALACIÓN DE TXOSNAS Y SIMILARES
Establecimientos temporales que limiten su actividad a fiestas patronales, siendo exclusivamente solicitantes asociaciones o agrupaciones del municipio de Erandio, o titulares de licencias en vigor de locales de restauración en Erandio, y siempre que limiten la actividad a elaboraciones a alimentos y bebidas de escasa manipulación y bajo riesgo sanitario.
Txosnas y similares documentación a presentar _2015
Txosnak y similares anexo I y II_solicitud y declaración responsable 2015
FERIAS Y MERCADOS AGRÍCOLAS O TEMÁTICOS QUE INCLUYAN PUESTOS DE ALIMENTACIÓN
Solicitud instalación de ferias-promotor_2015
Condiciones y declaración responsable instalación de ferias-promotor_2015
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Ordenanza fiscal – Tasa por Venta Ambulante.
Depende del tipo de venta, metros a ocupar y días de ocupación.
Plazo estimado: 30 días.
Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria
Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante y en Mercadillos del término municipal de la anteiglesia de Erandio, que fue publicado en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 244, de fecha 26 de diciembre de 1995; y su Modificación de 29 de noviembre de 2001 acordó modificar el contenido del artículo 21 (Título II, Capítulo III) . Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 239. Viernes, 14 de diciembre de 2001
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remitir a Salud Pública.
POR SALUD PÚBLICA
4. Petición de los informes técnicos pertinentes.
5. Propuesta de resolución.
6. Notificación, que si es favorable, recogerá la licencia, las condiciones y la tasa fiscal a abonar.