Es la licencia que se otorga para la realización de Trabajos de mantenimiento en las fachadas o cubiertas del edificio para prevenir su deterioro o reparaciones puntuales que se realicen en el mismo, con el objeto de mantenerlo en buen estado, tales como:
Son obras fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Ordenación de la Edificación, en las que el Código Técnico no es de aplicación.
Condiciones
Se deberá proteger adecuadamente la vía pública para evitar riesgos a los viandantes por posibles caídas de materiales.
Cualquier persona interesada o su representante legal.
Respecto a los medios auxiliares, dependiendo de si se utiliza andamio, plataforma elevadora o técnicas de trabajos verticales se entregará la documentación siguiente además de la descrita anteriormente. Así mismo se solicitará licencia para ocupación de dominio público, en su caso.
Andamio:
Informe de instalación de andamio o visera de protección firmado por técnico competente, en el que se justifique el cumplimiento del Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad, asumiendo la persona técnica redactora el correcto montaje y desmontaje de esta infraestructura. En el informe se especificará la superficie a ocupar de vía pública y el tiempo de permanencia del mismo.
Plataforma elevadora:
Evaluación de riesgos específica de la obra o Documento de gestión preventiva de la obra. Se describirán los medios a utilizar para proteger la zona durante la ejecución de los trabajos.
Se especificará la superficie a ocupar de vía pública y el tiempo de permanencia de la plataforma mediante documentación gráfica (planos o fotografías).
Características técnicas de la plataforma elevadora o maquinaría de elevación.
Técnicas de trabajos verticales:
Evaluación de riesgos específica de la obra o Documento de gestión preventiva de la obra. Se describirán los medios a utilizar para proteger la zona durante la ejecución de los trabajos.
Si se ocupa vía pública se especificará la superficie a ocupar de vía y el tiempo de permanencia mediante documentación gráfica (planos o fotografías).
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza Fiscal nº 5
Tipo General: 5 %
Trabajos de limpieza, pintura, adecuación, reparación o rehabilitación que afecten de manera integral a la fachada o fachadas de un edificio, siempre que alguna de ellas dé frente a la vía pública: 2%
Ejecución de trabajos de sustitución o reforma integral de la cubierta de los edificios: 2%
Construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados: 2%
Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11
Tipo General: 0,5 %
El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).
Un mes.
Plazo de subsanación de deficiencias: 15 días.
Efectos del silencio: Estimatorio.
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio
Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (art. 207.5)
Ordenanza Municipal de Erandio Reguladora del Procedimiento relativo a los actos de Intervención Urbanística (Licencias / Comunicaciones Previas)
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la comunicación previa.
2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.
3. Remisión del expediente a Territorio.
POR TERRITORIO
4. Revisión e inspección por Urbanismo y remisión a Servicios Económicos para liquidación.
5. Notificación de liquidación.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR CON EL EJERCICIO del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.