DEPÓSITO DE FIANZAS

Qué es

Es la solicitud para la constitución de fianzas y avales, depositadas para responder por posibles responsabilidades en diversos órdenes (contratación administrativa, ejecución de obras de urbanización, utilización del dominio público...).

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona titular o su representante legal.

Documentación a aportar

Si la fianza es por medio de:
1. AVAL: el aval extendido por la entidad financiera.
2. METÁLICO: el comprobante bancario del ingreso en la cuenta previamente facilitada por el Ayuntamiento.

Lugar de presentación

Presencialmente:
Tesorería
Casa Consistorial
Irailaren 23a plaza s/n
Horario: De lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas

Coste económico

Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

La constitución de fianzas se realiza en el momento, toda vez que ha sido exigida por acuerdo municipal pertinente.

Normativa aplicable

Normativa según la naturaleza de la fianza o aval: Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público

Acuerdo de Junta de Gobierno o Decreto de Alcaldía (en cada caso correspondiente)

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR TESORERÍA
1. Recogida del documento bancario o cantidad en metálico.
2. Emisión de la Carta de Pago y entrega a la persona interesada.
3. Incorporación al expediente.

Observaciones

Área responsable

Organización / Servicios económicos