Es la obtención del permiso para la realización de determinadas actividades recreativas o espectáculos públicos, según la normativa vigente.
Personas físicas y/o jurídicas o su representante legal.
A.1 Solicitud general
adjuntando proyecto de actividades a realizar, detallando lugar de realización, horarios, participantes, planos descriptivos? y si se requiere del uso de algún material municipal.
En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: A2-ModeloDesignacionRepresentante
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Sin coste.
Plazo estimado: 1 mes desde la presentación de la solicitud.
Plazo máximo legal: 3 meses desde la fecha de solicitud.
Efectos del silencio administrativo: negativo.
Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, sobre obligaciones de autoprotección, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, de 14 de diciembre de 2010.
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remitir la solicitud a Cultura.
POR CULTURA
4. Tramitar la autorización y exigir la presentación de la siguiente documentación:
· Certificado que acredite la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil (se presentará el modelo de certificado de Gobierno vasco firmado por la entidad aseguradora)
· En el caso de instalación de estructuras desmontables (txosnas, escenarios, etc.), se deberá presentar un certificado firmado por técnico competente que acredite que certifica el correcto montaje.
· En el caso de comercialización y/o venta de alimentos y/o bebidas se deberán presentar cumplimentados los impresos de solicitud de autorización sanitaria.
· En el caso de requerirse corriente eléctrica, se deberá presentar el Certificado de Instalación eléctrica de Baja Tensión (Boletín) debidamente diligenciado por la Oficina Territorial de Industria (sello de registro), excepto asociaciones registradas en Erandio.
Se podrá exigir adicionalmente:
· Certificado que acredite la presencia de ambulancia en aquellas actividades que congreguen gran cantidad de público o que se consideren peligrosas.
· Plan de autoprotección o Plan de Emergencia elaborado por personal técnico competente, para la actividad o el espectáculo en concreto, cuando se desarrolle en espacios con aforo superior a 300 personas o mayor de 100 respectivamente.