SOLICITUD CONCESIÓN OSARIO CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué es

Es la solicitud de concesión de nicho de restos, osario, en los cementerios municipales. Son concesiones a treinta años, prorrogables y trasmisibles vía herencia.

Quién lo puede solicitar

Personas empadronadas en Erandio o personas que demuestren arraigo en el municipio y que, disponiendo de cenizas o restos, desean su inhumación en cualquiera de los cementerios de Erandio, bien procedentes de nicho o fosa de enterramiento, de incineración o de traslado desde otro municipio. O su representante legal.

Documentación a aportar

A.1 Solicitud general
Documento Nacional de Identidad de la persona o personas que van a ser titulares de laconcesión y certificado de exhumación o incineración de la persona finada, si no procede de un enterramiento municipal.
En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: A2-ModeloDesignacionRepresentante

Lugar de presentación

Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus

Coste económico

Ordenanza fiscal 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios
Concesiones sobre osarios de primera clase por un período de 30 años, 272.40€

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los cementerios municipales de Erandio (Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999).

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, Núm 221 - jueves 18 de noviembre de 2004).

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA
4. Examinar las solicitudes y elaborar el Decreto de concesión.
5. Expedir el título de concesión.
6. Comunicar a la persona solicitante.

Previamente a retirar el Título habrán de satisfacer las tasas municipales de aplicación.

Observaciones

Concesiones por un período de treinta años.

Área responsable

Territorio / Salud pública