Es la denuncia por parte de la persona interesada de situaciones de insalubridad y control de plagas.
Protección de la salubridad pública:
Inspecciones y control de riesgos para la salud pública y de terceros en viviendas, solares, vías públicas, lonjas, patios comunitarios?
Detección y verificación de denuncias sobre insalubridad a fin de prevenir o corregir circunstancias o factores ambientales que estén representando o puedan generar riesgos para la salud pública.
Plagas:
Se atienden avisos de personas particulares acudiendo a detectar e investigar la especie responsable y el grado de infestación. Se indican medidas correctoras a adoptar. Se realiza un tratamiento. Si el problema persiste y el origen está en una propiedad privada, la responsabilidad es de la persona titular, quien deberá contratar a empresa especializada registrada.
Cualquier persona física, jurídica o su representante legal.
En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: A2-ModeloDesignacionRepresentante
Detalle del asunto que solicita, descripción y localización.
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Sin coste.
Plazo estimado: 15 días.
Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública
La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, de modificación de la Ley 7/1985, art. 25 j)
Deberes de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad, Art. 4 y 15 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
Reglamento de la Unión Europea Nº 528/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2012 relativo a la Comercialización y el Uso de los Biocidas
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remitir a Salud Pública.
POR SALUD PÚBLICA
4. Se practicará inspección en el lugar, si procede.
5. Se emitirán los informes técnicos oportunos.
6. Se podrán imponer o adoptar medidas correctoras.