Es la presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos que exigirá que la persona, que los conduzca y controle, lleve consigo la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, así como la certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
Es la solicitud de inscripción de un animal potencialmente peligroso en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
Las personas titulares, o nuevas personas titulares, de canes que se encuentran censados, esto es, que disponen de microchip validado en un registro oficial.
Documento Solicitud Inscripción Animales Potencialmente Peligrosos
Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.
Cartilla sanitaria-pasaporte del o de los animales, donde conste el número de microchip.
Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Póliza del seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 120.000,00? y recibo del pago de la misma del año en curso.
Documento de pago: Inscripción y/o renovación de perro potencialmente peligroso.
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Ordenanza fiscal 14 Reguladora del Servicio municipal de Recogida y Protección de Animales
Inscripción y/o renovación de perro potencialmente peligrosos: 10.50 ?.
Plazo estimado: 15 días.
Entrega de credencial, 30 días.
Decreto 101/2004 de 1 de junio, sobre Tenencia de Animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, que la desarrolla
Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales en el Término Municipal de Erandio. Boletín Oficial de Bizkaia, nº 55 de 18-03-08
Ley 6/93 de 29 de octubre de Protección de Animales
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remitir a Salud Pública.
POR SALUD PÚBLICA
4. Informe favorable y Decreto autorizando la Inscripción.
5. Emisión de tarjeta del animal. Notificación a la persona interesada.
En cada municipio existirá un Registro de Animales Potencialmente Peligrosos clasificado por especies, en el que necesariamente habrán de constar, al menos, los datos personales de la persona propietaria, las características del animal que hagan posible su identificación y el lugar de residencia habitual del mismo, especificando si está destinado a convivir con los seres humanos o si por el contrario tiene finalidades distintas (guarda, protección, etc.)
La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular a los responsables del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de 48 horas desde que se tenga conocimiento de los hechos.
El traslado de un animal potencialmente peligroso de una Comunidad Autónoma a otra, con carácter permanente o por período superior a tres meses, obliga a la persona propietaria a efectuar las inscripciones oportunas en los correspondientes Registros Municipales.
En cada Comunidad Autónoma se constituye un Registro Central informatizado para su consulta por otras Administraciones y autoridades, así como por aquellas personas que acrediten un interés legítimo, por ejemplo deseo de adquirir cierto animal de estas características... Para ello, se envían los datos del Registro Municipal al Registro central de la Comunidad Autónoma del País Vasco, una vez que se ha anotado la incidencia.