AUTORIZACIÓN DE PROGENITORES PARA VIAJES DE PERSONAS MENORES AL EXTRANJERO SIN SU COMPAÑÍA

Qué es

Es la concesión del permiso de la madre, padre o persona tutora de una persona menor de edad para viajar al extranjero cuando no es acompañada por alguna o alguno de sus progenitores o por quien tenga la patria potestad o tutela legal de la persona menor.

Quién lo puede solicitar

La madre, padre o persona tutora legal de la persona menor.

Documentación a aportar

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante y de la persona menor, ambos en vigor.
Libro de Familia.

Lugar de presentación

Presencialmente:
Jefatura de la Policía Local
Casa Consistorial
Irailaren 23a plaza s/n

Coste económico

Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Reglamentación Comunitaria: Reglamento (CE) 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR SEGURIDAD CIUDADANA
1. Comprobación de la solicitud y documentación.
2. Expedición de la autorización.

Observaciones

Requisitos: No tener pasaporte individual y viajar con Documento Nacional de Identidad al extranjero sola o solo. Es válido sólo para los países que permiten la entrada con Documento Nacional de Identidad español. Si las personas menores disponen de pasaporte, no necesitan ningún tipo de autorización adicional.

Validez de la autorización, 90 días desde la fecha de expedición del permiso.

Área responsable

Ciudadanía / Seguridad ciudadana