Es la autorización municipal para proceder a la demolición de edificios y construcciones.
Cualquier persona interesada o su representante legal.
A.1 Solicitud general
En el caso de representación legal, se acreditará documentalmente.
Proyecto técnico por duplicado, en soporte papel y digital, suscrito por por persona facultativa competente y visado por el colegio oficial correspondiente, que incluirá:
Impreso de estadística y edificación del Gobierno Vasco
Nombramiento de personal técnico responsable de las obras y persona coordinadora de seguridad.
Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable (ver observaciones):
En caso de que el edificio se encuentre situado sobre una parcela incluida en el inventario de emplazamientos que soporten o hayan soportado una actividad o instalación potencialmente contaminante del suelo deberán cumplirse las exigencias establecidas por el órgano medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza fiscal 5.
• Tipo General: 5 %
Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 11.
• Tipo General: 0,5 %
El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).
Plazo estimado: 1 mes.
Plazo máximo legal: 3 meses.
Efecto del silencio: Positivo.
Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)
Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio
Normativa sectorial.
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación aportada.
2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.
3. Remisión del expediente a Urbanismo.
POR URBANISMO
4. Examen del proyecto por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación 5. Adopción de resolución y notificación a la persona interesada.
6. Remisión a Servicios Económicos.
7. Liquidación tasas e impuestos municipales.
8. Notificación de la liquidación a la persona interesada.
9. Aportar, en su caso, la documentación fin de obras.
10. Informe servicios técnicos municipales.
11. Liquidación final, en su caso, de impuestos municipales.
12. Remisión de la liquidación final a la persona interesada.
En el caso de que sea precisa la ocupación de vialidad pública por contenedores, andamiajes, etc. se solicitará la oportuna licencia (ver ficha 3.11).
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.