REGISTRO DE ENTRADA: SOLICITUD DE INSTANCIA GENERAL

Qué es

Consiste en la recepción de las instancias y documentación que la ciudadanía quiera dirigir y entregar al Ayuntamiento.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

A.1 Solicitud general
En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: A2-ModeloDesignacionRepresentante
Documento Nacional de Identidad, para las personas no empadronadas.
La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a su solicitud.

Lugar de presentación

Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus

Coste económico

Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.
Plazo máximo: 3 meses. Ver observaciones.

Normativa aplicable

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Art. 16)

Real Decreto 2568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Arts. 151 a 162)

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. En caso de no presentar la documentación completa, se le requerirá para que así lo haga en el plazo de diez días hábiles.

    Requerimiento-Subsanación
    Transcurrido el plazo, se entenderá que la persona interesada desiste de la solicitud, declarándolo así expresamente el Ayuntamiento.
4. Completa la solicitud, remisión al Área competente.

POR EL ÁREA COMPETENTE
5. Instrucción y Resolución.
6. En su caso, elaboración de Decreto de aceptación o desistimiento.

Observaciones

Con carácter general, el plazo máximo para resolver y notificar la respuesta a la persona interesada es de tres meses desde la fecha de registro.
En todo caso, deberá tenerse en cuenta lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Serán tramitadas, igualmente, de la misma forma todas aquellas solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos que se dirijan a otras administraciones públicas con las que se tenga suscrito el oportuno convenio.

Área responsable

Organización / Secretaría