CERTIFICADO DE ACUERDOS MUNICIPALES Y DATOS OBRANTES EN LOS REGISTROS MUNICIPALES. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Qué es

Consiste en facilitar certificación sobre acuerdos municipales adoptados por Alcaldía, Junta de Gobierno Local o Pleno Corporativo y la obtención de copias de documentos obrantes en los archivos municipales, referidos a asuntos finalizados.
Importante: el acceso no podrá afectar a la seguridad ciudadana, a la potestad sancionadora o de vigilancia e inspección y deberá ser respetuosa con la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

A.1 Solicitud general
Indicando la información solicitada y la modalidad que se prefiera para acceder a la información. Podrá explicarse para qué se solicita, si se desea.
Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, A2-ModeloDesignacionRepresentante

Lugar de presentación

Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus

Coste económico

En el caso de expedición de copias, Ordenanza fiscal 6, Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.
Plazo máximo: 14 días.

Normativa aplicable

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 4, 5 y 13)

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Art. 70.3)

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remisión a Secretaría.

POR EL ÁREA COMPETENTE
4. Resolución concediendo total o parcialmente el acceso o, en su caso, denegando el acceso.
5. Notificación a la persona solicitante y personas interesadas que lo hayan solicitado y en su caso, a las personas oponentes.
• Si la información se refiere a información que no obra en poder del Ayuntamiento, se remitirá al órgano competente, informando a la persona solicitante.
• Cuando la información afecte a derechos o intereses de terceras personas podrá ser denegada.

POR LOS SERVICIOS ECONÓMICOS
6. Realización de la liquidación correspondiente si el acceso se realiza mediante copias escritas.

Observaciones

Telefónicamente: el canal telefónico sólo se podrá utilizar para solicitar certificaciones de acuerdos plenarios.
Si la información ha sido publicada, la resolución podrá indicar la forma de acceder a ella.

Área responsable

Organización / Secretaría