VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO

Qué es

Es el documento que acredita el empadronamiento en el que aparecen todas las personas de un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el Padrón municipal de habitantes.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Lugar de presentación

Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus

Coste económico

Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Resolución de 16 de marzo de 2015

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL SAC
1. Comprobación de la identidad de la persona interesada o de aquella para la que se solicita el volante.
2. Entrega del volante de empadronamiento a la persona solicitante.
3. En caso de solicitud telefónica o telemática, se remitirá el volante exclusivamente al domicilio que conste en el Padrón.

Observaciones

El documento sólo tiene valor informativo.
Bajas de oficio en trámite: se hará constar en el volante si se está tramitando expediente de baja de oficio de la persona que consta en el mismo.
Entre los usos más frecuentes para los que se expide el volante de empadronamiento colectivo podemos destacar:
• Expedientes de solicitud de ayudas económicas a Lanbide

Área responsable

Organización / Estadística