Es la solicitud de aplicación de las bonificaciones previstas en la normativa específica de tributos tales como el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
La persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.
SE2-SolicitudDeExencionBonificación
En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. A2-ModeloDesignacionRepresentante
Solicitud de bonificaciones en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
BONIFICACIONES IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
Documento Nacional de Identidad de la persona titular del vehículo.
Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación cuya dirección coincida con la del Documento Nacional de Identidad de la persona titular.
Título de Familia Numerosa, bonificación por familia numerosa.
Impreso Diputación Foral de Bizkaia
Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus
Sin coste.
Plazo estimado: 7 días.
Ordenanza fiscal 2, Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Envío a Gestión Tributaria.
POR GESTIÓN TRIBUTARIA
IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA
4. Concesión de la bonificación y su inclusión en el Padrón del Impuesto del ejercicio siguiente.
Las bonificaciones tendrán efecto en el ejercicio siguiente al de su solicitud y no tendrán carácter retroactivo.
BONIFICACIONES IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA
Vehículos clásicos, más de 25 años de antigüedad: 100 %
Vehículos eléctricos: el 75 % durante 5 años
Vehículos híbridos, Gas Licuado del Petróleo?: 50 % durante 5 años
Familia Numerosa: 50 %, con menos de 16 caballos fiscales