REVISIÓN DE LA DEPENDENCIA

Qué es

La dependencia es el estado de carácter permanente de una persona por la que precisa de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria, o de otros apoyos para su autonomía personal.
El grado de dependencia se podrá revisar de oficio o a instancia de la persona interesada cuando cambien las circunstancias iniciales.

Quién lo puede solicitar

O representante legal o voluntario de la persona en situación de dependencia.

La persona que tenga un grado de dependencia siempre que se dé una de las siguientes circunstancias:
1. que hayan transcurrido dos años desde la anterior valoración.
2. que, aunque no hayan transcurrido dos años, un informe de salud avale un cambio

Documentación a aportar

SOLICITUD PARA LA VALORACIÓN, REVISIÓN OTRASLADO DE LA VALORACIÓN DE DEPENDENCIA
INFORME DE SALUD que avale el cambio de la situación de dependencia.
En caso de representación legal o voluntaria, escrito de acreditación y representación legal: A2-ModeloDesignacionRepresentante

Lugar de presentación

Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus

Coste económico

Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

2 meses.

Normativa aplicable

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2009, de 1 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de dependencia

Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Entrega de copia sellada a la persona solicitante como justificante.
3. Remisión al Área de Acción Social.
POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO
4. Remitir la solicitud al departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para su resolución.

Observaciones

No hace falta cita con la trabajadora social.
Las personas solicitantes pueden aportar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia o en el SAC, en el cual tras comprobar la documentación se remitirá a dicha administración.

Área responsable

Ciudadanía / Acción social y cooperación al desarrollo