GIZATEK

Qué es

Es un servicio público dirigido a la orientación, integración social y promoción de la autonomía de aquellas personas de cualquier edad, cuya discapacidad o dependencia conlleven limitaciones
de su actividad o restricciones en la participación ciudadana, que puedan ser compensadas o mitigadas mediante la aplicación de productos y métodos tecnológicos diversos.

Objetivo:
Promocionar la autonomía personal e integrar socialmente a personas con limitaciones de su actividad o restricciones en la participación ciudadana, proporcionando orientación sobre los productos de apoyo y métodos tecnológicos que resulten idóneos, conforme al tipo de
discapacidad o situación de dependencia, para compensar o paliar dichas limitaciones.

Prestaciones que ofrece:

  • Exposición permanente de productos de apoyo.
  • Asesoramiento sobre:
    • a. el acceso a las distintas prestaciones,
    • b. una posible subvención para la adquisición de productos de apoyo, o
    • c. el préstamo de productos de apoyo.
  • Orientación sobre cualquier aspecto técnico que pueda servir para mejorar la autonomía personal de la persona solicitante, mediante la elaboración de un informe técnico de idoneidad.
  • Tramitación de las solicitudes de ayuda económica destinadas a la adquisición de productos de apoyo para personas con discapacidad o en situación de dependencia.

Quién lo puede solicitar

Encontrarse en una situación de dependencia valorada como mínimo con grado II, o tener una discapacidad de al menos el 33%.

Poseer la nacionalidad española u otra de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, en cuyo caso se deberán cumplir las condiciones específicas establecidas a tal efecto en el Decreto Foral correspondiente.

Estar empadronada o empadronado en algún municipio de Bizkaia.

Documentación a aportar

Documentación requerida para tramitar las solicitudes de ayudas económicas destinadas a la adquisición de productos de apoyo
Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o de su representante legal y demás personas que aparezcan en la solicitud.
En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante
Documento bancario
Informe técnico de idoneidad emitido por Gizatek, o únicamente en los casos previstos en el Decreto Foral en vigor los informes realizados por personas profesionales colegiadas.
En las solicitudes de ayuda para la adquisición de productos de apoyo para adaptar vehículos a motor o realizar elementos de construcción en la vivienda habitual se aportará la documentación específica establecida en el Decreto Foral en cada caso.
Únicamente en el supuesto de resultar persona beneficiaria de la subvención se deberá aportar la factura original de la compra de los productos subvencionados en los términos y plazos recogidos en el decreto en vigor.

Lugar de presentación

Presencialmente:
EN EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO
O EN Gizatek (C/Lertxundi 14, 48009 Bilbao; teléfono: 900 220 002).

Coste económico

Depende del producto solicitado y de los ingresos económicos de la unidad familiar.

Plazo para resolver y notificar

El plazo estimado suele ser de 10/15 días para emitir el certificado de idoneidad, en el cual se acepta o rechaza la solicitud.

Normativa aplicable

http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Decreto%20Gizatek%202016. pdf?idioma=CA

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO
1. Informar/asesorar y facilitar la solicitud.
2. Posteriormente, las solicitudes deberán entregarse directamente en Gizatek (C/Lertxundi 14, 48009 Bilbao; teléfono: 900 220 002).

Observaciones

Competencia de Diputación Foral de Bizkaia.
Plazo de presentación de las solicitudes año 2016: desde el 15 de enero de 2016 hasta el 31 de octubre de 2016.
No hace falta cita con la trabajadora social de referencia.

Área responsable

Ciudadanía / Acción social y cooperación al desarrollo