SOLICITUD AYUDA ECONÓMICA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Qué es

Es la ayuda económica para mujeres con credencial de víctima de violencia de género.

Quién lo puede solicitar

Mujeres empadronadas en el municipio o su representante legal.

Documentación a aportar

De la persona solicitante y miembros a su cargo:

A.1 Solicitud general

 

Documento acreditativo de identidad.

 

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: A2-ModeloDesignacionRepresentante

Documento acreditativo de la orden de protección.

Libro de familia o, en su caso, documento acreditativo de la guarda, custodia o tutela.

En su caso, certificado de discapacidad expedido por la Diputación Foral de Bizkaia.

Informe de empleabilidad emitido por Lanbide (Plaza Educador Hermano Benjamín 5, Erandio).

Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o, en su caso, certificado de no estar sujeto a obligación de hacer declaración, expedido por Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia (901 502 000 Camino Capuchinos 2, Bilbao).

Vida Laboral, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (Julio Urquijo 13, Deusto Bilbao o www.seg-social.es)

Documento de alta y renovación de la demanda de empleo en Lanbide (Plaza Educador Hermano Benjamín 5, Erandio) o, en su caso, certificado de estar estudiando.

Certificados bancarios de los últimos seis meses.

Demanda, sentencia de divorcio y convenio regulador de hijas e hijos a cargo, en su caso.

Lugar de presentación

Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus

Coste económico

Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

6 meses.
Silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicable

Orden de 29 de octubre de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se establece el procedimiento de concesión y de pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género, prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO
1. Cita con la trabajadora social.
POR EL SAC
2. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
3. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
4. Remisión al Área de Acción Social.
POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO
5. Remisión a Gobierno Vasco.

Observaciones

Las interesadas en solicitar esta ayuda se pueden poner en contacto con la trabajadora social de referencia de su municipio o con el Servicio de Asistencia a la Víctima, ubicado en el Palacio de Justicia de Bilbao.
También lo pueden hacer directamente solicitando los formularios en Zuzenean o descargándoselos directamente de nuestra web, www.erandio.eus. La solicitud puede hacerse tanto de forma presencial, en papel, como telemática.

Área responsable

Ciudadanía / Acción social y cooperación al desarrollo