SOLICITUD DE SUBVENCIONES (CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES CULTURALES)

Qué es

Es la convocatoria que el Ayuntamiento de Erandio realiza, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades culturales en el municipio de Erandio.

Quién lo puede solicitar

Personas físicas empadronadas o personas jurídicas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o sus representantes legales.

Documentación a aportar

Solicitud específica aprobada en la convocatoria anual, adjuntando un proyecto de actividades a realizar durante el año y un presupuesto que refleje los ingresos y gastos en el ejercicio.

Para la justificación, será necesario presentar solicitud especÍfica, adjuntando memoria de actividad realizada y justificantes que acrediten los ingresos y gastos obtenidos en el ejercicio, además de la cartelería y los programas de mano.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: A2-ModeloDesignacionRepresentante

Lugar de presentación

Presencialmente:
Servicio de Atención Ciudadana - SAC
Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2
Astrabudua: Meso kalea 20
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Vía telemática:
A través de la web www.erandio.eus

Coste económico

Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado :3 meses desde la presentación de la solicitud.
Plazo máximo legal: 4 meses desde la fecha de solicitud.
Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Tramites posteriores a la recepcion de la solicitud

POR EL SAC
1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.
2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.
3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA
4. Valorar las solicitudes en base a los criterios establecidos, informe técnico.
5. Informar al órgano colegiado designado en la convocatoria.
6. Resolución, Decreto Alcaldía.
7. Notificar la Resolución a las personas interesadas.
8. Abonar las subvenciones concedidas.
9. Publicar en el Tablón de anuncios municipal y portal web municipal.

Justificación. Las entidades o personas beneficiarias deberán presentar, antes del 31 de enero del año siguiente al que se concede la subvención, una justificación de los gastos realizados con motivo de las actividades desarrolladas y una memoria de las acciones que se han llevado a cabo.

Observaciones

El plazo para la presentación de las solicitudes dependerá de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia, pero, de manera orientativa, las solicitudes deben de presentarse antes del fin del mes de marzo de cada ejercicio.

Área responsable

Ciudadanía / Cultura y deportes